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miércoles, 29 de abril de 2020

El ICF autorizado a cubrir préstamos por el COVID-19

El Consejo de Ministros del 28/04/2020 ha acordado autorizar a Cataluña a prestar garantías al Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para cubrir el riesgo de las operaciones de préstamos y excepcionalmente de avales otorgados por este Instituto a empresas afectadas por el COVID-19 que se comprometan a mantener los puestos de trabajo, por un importe máximo de 560 millones de euros. Esta autorización se efectúa en cumplimiento de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
El aval de Cataluña a favor del ICF dará cobertura a una línea de préstamos, denominada ICF-COVID-19. Las garantías cubrirán el 80% del riesgo vivo de las operaciones de préstamos y para avales singulares frente a las entidades financieras (aval máximo del 80% del principal) a autónomos y empresas afectadas por el COVID-19 que se comprometen a mantener los puestos de trabajo, con un tope máximo de 560 millones.
La autorización del aval de la Generalitat de Cataluña a favor del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) no entra en conflicto con la línea de avales del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En cualquier caso, un préstamo sólo podrá optar bien a las operaciones del ICF o bien a la línea de avales prevista en el Real Decreto-ley 8/2020.
En resumidas cuentas, lo que ha hecho el Gobierno es otorgar un sublímite al ICF de las líneas ICO aprobadas en Marzo 2020. Las empresas tendrán que optar por una u otra pero, en todo caso, no se trata de una línea adicional sino alternativa a la del ICO.